IRPF · Base del ahorro
Compensar pérdidas en la renta: la regla del 25 % y los cuatro años
Cómo se compensan pérdidas de acciones y fondos en la base del ahorro: ganancias contra pérdidas, el límite cruzado del 25 % y los cuatro años siguientes.
En 30 segundos
- En la base del ahorro hay dos grupos: ganancias y pérdidas por transmisión (vender acciones, ETF o fondos) y rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses).
- Dentro de cada grupo, lo positivo y lo negativo se compensan sin límite. Entre grupos, solo hasta el 25 % del saldo positivo del otro grupo.
- Lo que no puedas compensar queda pendiente y se aplica en los cuatro años siguientes, siempre por la cuantía máxima posible. Después caduca.
- Una pérdida bloqueada por la regla de los dos meses no entra en el saldo hasta que vendes los valores recomprados.
Qué entra en la base del ahorro
El IRPF separa tu renta en dos bases. La base del ahorro está formada por dos tipos de rentas[1]:
- Los rendimientos del capital mobiliario de los apartados 1, 2 y 3 del artículo 25: dividendos (también los extranjeros), intereses de cuentas y depósitos, cupones de bonos y ciertos seguros de vida.
- Las ganancias y pérdidas patrimoniales que se ponen de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales: vender acciones, participaciones de fondos, ETF o criptoactivos, por ejemplo.
Ojo con un matiz: vender un bono o una letra antes de su vencimiento no genera una ganancia patrimonial, sino un rendimiento del capital mobiliario por la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición[2]. Si es negativo, va al grupo de rendimientos, no al de ganancias.
Las ganancias y pérdidas que no proceden de una transmisión forman parte de la renta general[1] y se compensan en la base general, con sus propias reglas (también con un 25 % y cuatro años)[3]. Esta guía se centra en la base del ahorro.
Paso 1: compensar dentro de cada grupo
El artículo 49 de la Ley del IRPF ordena el cálculo en dos bloques que se integran y compensan exclusivamente entre sí en cada ejercicio[4]:
- Rendimientos del capital mobiliario: sumas los positivos y restas los negativos. Sale un saldo positivo o negativo.
- Ganancias y pérdidas por transmisión: sumas todas las ganancias y restas todas las pérdidas del año, sin importar cuánto tiempo tuvieras cada valor[5]. Sale otro saldo.
Dentro de cada grupo no hay tope: una pérdida de 5.000 € en acciones absorbe por completo una ganancia de 5.000 € en un fondo del mismo año.
Paso 2: la compensación cruzada del 25 %
Si uno de los dos saldos sale negativo, puede restarse del saldo positivo del otro grupo del mismo año, pero con el límite del 25 % de ese saldo positivo[4]. Funciona en las dos direcciones:
- Pérdidas netas por ventas contra hasta el 25 % de tus dividendos e intereses netos.
- Rendimientos netos negativos contra hasta el 25 % de tus ganancias netas por ventas.
Este porcentaje no siempre fue del 25 %. Se introdujo de forma gradual: 10 % en 2015, 15 % en 2016 y 20 % en 2017[6], y desde 2018 se aplica el 25 % que fija el artículo 49.
En 2025, Lucía vende acciones con 3.000 € de ganancia y otras con 5.000 € de pérdida. Además cobra 4.000 € netos entre intereses y dividendos.
- Saldo de ganancias y pérdidas (3.000 − 5.000)
- −2.000 €
- Saldo de rendimientos del capital mobiliario
- 4.000 €
- Límite cruzado: 25 % de 4.000
- 1.000 €
- Pérdida compensada contra rendimientos
- 1.000 €
- Rendimientos que quedan en la base (4.000 − 1.000)
- 3.000 €
- Pérdida pendiente para 2026–2029
- 1.000 €
La base del ahorro de Lucía en 2025 es de 3.000 €. Los 1.000 € de pérdida que no caben en el 25 % no se pierden: pasan a los cuatro años siguientes.
Paso 3: saldos pendientes en los cuatro años siguientes
Si después de la compensación cruzada sigue quedando saldo negativo, se compensa en los cuatro años siguientes y en el mismo orden: primero dentro de su grupo y después, con el 25 %, contra el otro[4]. Para la Renta 2025, eso significa saldos de 2021, 2022, 2023 y 2024 pendientes a 1 de enero de 2025[5].
Según el manual de la Agencia Tributaria, el orden práctico es[5]:
- Las pérdidas pendientes de años anteriores se restan del saldo positivo de ganancias del año (ya minorado por la compensación cruzada del propio año). Lo mismo con los rendimientos negativos pendientes contra los rendimientos positivos del año.
- Lo que quede pendiente puede compensarse contra el saldo positivo restante del otro grupo, hasta el 25 %. Ese 25 % es un límite conjunto: incluye la compensación cruzada que ya hiciste con saldos del propio año.
Andrés arrastra 2.500 € de pérdidas por ventas de 2022. Puede compensarlas en 2023, 2024, 2025 y 2026. En 2023 y 2024 no tuvo ganancias ni rendimientos que compensar. En 2025 obtiene 1.800 € de ganancia neta por ventas y 2.000 € de rendimientos del capital mobiliario.
- 2025 · pérdida de 2022 contra ganancias de 2025
- 1.800 €
- 2025 · pendiente tras ese paso (2.500 − 1.800)
- 700 €
- 2025 · límite cruzado: 25 % de 2.000
- 500 €
- 2025 · rendimientos que quedan en la base (2.000 − 500)
- 1.500 €
- Pendiente de 2022 para 2026 (700 − 500)
- 200 €
- 2026 · sin ganancias; rendimientos de 400 €; 25 %
- 100 €
- Saldo de 2022 que caduca tras 2026
- 100 €
2026 es el cuarto y último año para ese saldo. Los 100 € que no caben no pueden pasar a 2027.
Dónde ver tus saldos pendientes
La declaración tiene un anexo C que recoge las pérdidas y los rendimientos del capital mobiliario negativos pendientes de compensar en los ejercicios siguientes[5]. Revisa ese anexo en tus declaraciones de los últimos cuatro años: ahí ves el origen de cada saldo y cuánto queda.
Si cambias de forma de presentar la declaración o de asesor, conviene que tengas esos importes a mano. El manual de la Agencia Tributaria incluye un caso práctico completo que combina saldos del propio año y de años anteriores[7].
Cómo encaja con la regla de los dos meses
Si vendes acciones o ETF cotizados con pérdida y compras valores homogéneos en los dos meses anteriores o posteriores, esa pérdida no se computa en ese momento. Se integra cuando vendas los valores que siguen en tu cartera[8]. Lo explicamos con detalle en la regla de los dos meses.
Para la compensación, la consecuencia es sencilla: mientras la pérdida esté diferida, no forma parte del saldo de ningún año ni puede compensarse. Entra en el saldo del año en que finalmente se integra. Existe una regla equivalente para rendimientos negativos por transmisión de activos financieros, como bonos o letras[2].
Qué tipos se aplican a la base del ahorro
Después de compensar, el resultado (la base liquidable del ahorro) tributa por tramos. Desde 2025 la escala tiene un último tramo del 30 %[9]. Cada porcentaje es la suma del tramo estatal y el autonómico, que son iguales[10][11]:
| Base liquidable del ahorro | Estatal | Autonómica | Total |
|---|---|---|---|
| Hasta 6.000 € | 9,5 % | 9,5 % | 19 % |
| De 6.000 a 50.000 € | 10,5 % | 10,5 % | 21 % |
| De 50.000 a 200.000 € | 11,5 % | 11,5 % | 23 % |
| De 200.000 a 300.000 € | 13,5 % | 13,5 % | 27 % |
| Más de 300.000 € | 15 % | 15 % | 30 % |
Los tipos se aplican por tramos, no al total: con una base de 10.000 €, los primeros 6.000 € tributan al 19 % y los 4.000 € restantes al 21 %. Compensar una pérdida reduce la base sobre la que se aplican esos tipos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo compensar pérdidas de acciones con dividendos?
Sí, pero con límite. El saldo neto negativo de ganancias y pérdidas por transmisión solo puede restarse hasta el 25 % del saldo positivo de dividendos, intereses y demás rendimientos del capital mobiliario del mismo año[4]. El resto queda pendiente.
¿Cuántos años tengo para compensar pérdidas patrimoniales?
Los cuatro años siguientes al ejercicio en que se generó el saldo negativo[4]. Un saldo de 2022 puede usarse en 2023, 2024, 2025 y 2026; lo que quede después caduca.
¿Puedo elegir no compensar este año para hacerlo más adelante?
No. La ley exige compensar en la cuantía máxima que permita cada ejercicio[4]. Si hay saldo positivo suficiente, el pendiente se aplica ese año.
¿Se compensan las ganancias a corto y a largo plazo por separado?
No. Las ganancias y pérdidas por transmisión se integran juntas, cualquiera que haya sido el periodo de permanencia de los valores[5].
¿Dónde compruebo cuánto me queda pendiente de años anteriores?
En el anexo C de tus declaraciones anteriores, que recoge las pérdidas y los rendimientos negativos pendientes de compensar en ejercicios siguientes[5].
Información general, no asesoramiento fiscal. Explicamos cómo funcionan las normas con ejemplos de cifras inventadas. Tu caso puede tener matices (residencia, cotitularidad, rentas de otros años): si dudas, consulta la información de la Agencia Tributaria o a un asesor fiscal.
Fuentes
- Ley 35/2006 del IRPF, arts. 45 y 46 (renta general y renta del ahorro) BOE (fuente oficial). Consultada el .
- Ley 35/2006 del IRPF, art. 25 (rendimientos del capital mobiliario) BOE (fuente oficial). Consultada el .
- Ley 35/2006 del IRPF, art. 48 (integración y compensación en la base imponible general) BOE (fuente oficial). Consultada el .
- Ley 35/2006 del IRPF, art. 49 (integración y compensación en la base imponible del ahorro) BOE (fuente oficial). Consultada el .
- Manual práctico de Renta 2025: integración y compensación de rentas en la base imponible del ahorro Agencia Tributaria (fuente oficial). Consultada el .
- Ley 35/2006 del IRPF, disposición adicional duodécima (porcentaje de compensación en 2015, 2016 y 2017) BOE (fuente oficial). Consultada el .
- Manual práctico de Renta 2025: caso práctico de integración y compensación de rentas Agencia Tributaria (fuente oficial). Consultada el .
- Ley 35/2006 del IRPF, art. 33.5 (pérdidas que no se computan) BOE (fuente oficial). Consultada el .
- Ley 7/2024, de 20 de diciembre, disposición final séptima (modificación de los arts. 66 y 76 LIRPF) BOE (fuente oficial). Consultada el .
- Ley 35/2006 del IRPF, arts. 66 y 76 (tipos de gravamen del ahorro) BOE (fuente oficial). Consultada el .
- Manual práctico de Renta 2025: gravamen estatal de la base liquidable del ahorro Agencia Tributaria (fuente oficial). Consultada el .